Corte Constitucional tumba ley que prohibía el consumo de licor y drogas en espacios públicos
Esta semana la Corte Constitucional tumbó la normatividad que prohibía tomar bebidas alcohólicas y consumir sustancias psicoactivas en espacios públicos ya que, según el alto tribunal, violaba el libre desarrollo de la personalidad.

Esta semana la Corte Constitucional tumbó la normatividad que prohibía tomar bebidas alcohólicas y consumir sustancias psicoactivas en espacios públicos ya que, según el alto tribunal, violaba el libre desarrollo de la personalidad.
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Esta reglamentación tumbó las dos normas del Código de Policía que regían la prohibición de su consumo en espacios públicos y parques. Dichos códigos son el artículo 33 y el 140.
Mediante el uso de esa ley la policía tenía la facultad de multar económicamente a quienes fueran sorprendidos realizando dichas prácticas en los espacios anteriormente mencionados.
En el alto tribunal la nueva reglamentación fue aprobada por seis votos a favor y uno en contra.
Con respecto al artículo 140, el cual pretendía proteger los espacios públicos mediante la prohibición, la Corte tomó la determinación de no penalizar el consumo de alcohol o sustancias psicoactivas ya que esto no sería un factor justificable que indique la destrucción de dichos espacios y si podría violar un derecho fundamental el cual es la libre personalidad, según el tribunal.
Sin embargo, el debate sobre la incautación de la dosis mínima aún no ha sido esclarecido ya que falta que pase por un proceso de debate.